PROGRAMA LÍDERES DE CONOCIMIENTO
AUXILIO PÓSTUMO
- FEISA les reconocerá con cargo al Fondo de Solidaridad un Auxilio Póstumo equivalente a cinco (5) SMMLV. Se deberá acreditar la condición de beneficiario ante el Fondo.
AUXILIO EXEQUIAL
- FEISA reconocerá el auxilio al asociado por el fallecimiento de cada uno de sus beneficiarios. Una vez verificada la documentación solicitada, el FEISA reconocerá al asociado con cargo al Fondo de Solidaridad, un Auxilio exequial equivalente a un (1) SMMLV.
- Deberás presentar Certificado de defunción del beneficiario, un documento probatorio del parentesco y declaración extrajuicio de dependencia económica de los padres o hermanos con incapacidad permanente, el cual aplica para los asociados solteros; para los asociados casados aplica solo para su núcleo familiar
AUXILIO DE CALAMIDAD
- La destinación principal del Auxilio de Calamidad esté enfocada a salud, se considerarán los eventos calamitosos que afecten igualmente el bienestar económico y familiar de los asociados, previa evaluación.
- Una vez esté debidamente presentada y verificada la calamidad, el FEISA, con cargo al Fondo de Solidaridad, reconocerá el auxilio al asociado y/o beneficiarios.
- En todo caso cada auxilio de calamidad no podrá superar el equivalente a cinco (5) SMMLV, el cual debe legalizarse en los 30 días hábiles siguientes.